Cómo crear una sociedad limitada en España, paso a paso
Constituir una SL exige escritura pública ante notario e inscripción en el Registro Mercantil. Alrededor de esos dos hitos se encadenan el resto de trámites. Esta es la secuencia completa, con lo que necesitas en cada paso.
Requisitos previos
- Una denominación social libre, acreditada con la certificación del Registro Mercantil Central.
- Un capital social de al menos 1 euro, desembolsado íntegramente al constituir.
- Un domicilio social en España.
- Uno o varios socios (si eres tú solo, será una SL unipersonal).
- Un órgano de administración: administrador único, varios solidarios o mancomunados, o consejo.
Los pasos
- Certificación negativa de denominación: solicítala en el Registro Mercantil Central (se puede online). Cuesta 18,19 €.
- Define lo esencial: capital, estatutos, administración y domicilio. Todo irá a la escritura.
- Abre la cuenta bancaria y desembolsa el capital social.
- Firma de la escritura pública ante notario. Es un requisito legal. Si firmas por videoconferencia, cada socio necesita estar registrado en el Portal Notarial del Ciudadano: guía de alta, paso a paso.
- NIF provisional: se solicita en la Agencia Tributaria con el modelo 036.
- Autoliquidación del ITP (modelo 600): la constitución está exenta de pago, pero la autoliquidación se presenta igualmente.
- Inscripción en el Registro Mercantil: con ella nace la personalidad jurídica de la sociedad y se obtiene el NIF definitivo.
- Alta en Hacienda: declaración censal definitiva (modelo 036) y, en su caso, alta en el IAE.
- Alta del administrador en la Seguridad Social (RETA), si va a ejercer la gestión de la sociedad.
La vía telemática: CIRCE
El CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) permite tramitar la constitución por vía electrónica con el Documento Único Electrónico (DUE), que unifica más de 25 formularios. Ojo: CIRCE solo sirve para sociedades limitadas (no para SA) y su vía más rápida exige estatutos tipo y capital en metálico; con esos instrumentos la propia ley cita un plazo de constitución de 24 horas, y la administración un rango de 1 a 10 días según el caso. Con estatutos tipo y capital de hasta 3.100 €, los aranceles son fijos: 60 € de notaría y 40 € de Registro. Si tu sociedad no encaja (estatutos personalizados, aportaciones no dinerarias, consejo de administración), se constituye por la vía ordinaria ante notario, con aranceles y plazos ordinarios. Los criterios completos están en la página de costes.
Dudas habituales
¿Puedo crear una SL yo solo?
Sí: será una sociedad limitada unipersonal (SLU), con los mismos pasos.
¿Hace falta notario?
Sí: la ley exige escritura pública. Nuestros acuerdos con notarías permiten una tramitación online ágil de la firma.
¿Cuánto tarda todo el proceso?
Depende de cada expediente y del Registro que te toque. Como referencia oficial, la ley cita un plazo de 24 horas para la vía CIRCE con estatutos tipo, y la administración un rango de 1 a 10 días según el caso.
¿Qué capital necesito?
El mínimo legal es 1 euro. Mientras el capital no llegue a 3.000 euros se aplican reglas especiales (reserva legal del 20% del beneficio y responsabilidad adicional de los socios en caso de liquidación).
¿Te la constituimos nosotros?
Tramitación por 59 € + IVA, coste fijo; notaría y registro aparte.
Empezar ahoraReferencias legales verificadas el 19 de octubre de 2026: BOE (Ley 18/2022, texto refundido de la LSC, Ley 14/2013 arts. 15-16), administracion.gob.es (CIRCE/DUE) y one.gob.es (certificación de denominación). Ver también: cuánto cuesta crear una sociedad limitada.